Los profesores cátedra, actores
vitales de la Comunidad de la Universidad Industrial de Santander UIS
por diversas razones, una muy importante de ellas es que atendemos al
menos el sesenta por ciento de las sesiones de clase de la población
universitaria, en aras de la defensa de nuestra dignidad profesional y
docente y de nuestros justos derechos, exigimos:
-
La generación de espacios democráticos, efectivos y ágiles para la construcción concertada de políticas y estrategias justas de contratación anual de docentes cátedra, y en los procesos de toma de decisiones referentes a la implementación de dichas políticas y estrategias. Políticas, estrategias y procesos que no afecten nuestros derechos fundamentales a la salud, al trabajo, a la educación, y al bienestar social; y que reconozcan y valoren en su justa dimensión la pertenencia y el aporte de los docentes cátedra en el cumplimiento de su quehacer docente y profesional en el logro de la formación integral de los estudiantes y de la realización de la misión institucional.
-
La inmediata revisión y construcción participativa y democrática de un nuevo reglamento de profesores cátedra que favorezca: el crecimiento personal y profesional de los docentes cátedra mediante mecanismos reales y justos de mejoramiento docente y profesional, la formación integral de los estudiantes, el derecho a elegir y ser elegido, y la participación de los docentes cátedra en los ámbitos misionales de la Universidad en la docencia, la investigación y la extensión.
Lo anterior en razón a diversas dificultades o problemas como los siguientes:
-
Contratos de corto plazo, cuatro meses, por solo las horas de clase “efectivamente dictadas”, incluso cuando la no realización de clases se deba a causa de situaciones fuera del control del docente cátedra o incluso debido a acciones u omisiones por parte de la Universidad.
-
Remuneración precaria e injusta a la labor docente, con pago por hora cátedra de un poco más de $13000 a un profesional de la categoría menos remunerada y de un poco más de $26000 a docentes incluso con titulación de doctorado en la categoría más alta. ¿Por qué no se corrige la injusticia o ilegalidad reconocida en la sesión del Consejo Académico del martes 24 de marzo, del valor hora mínimo de los profesores cátedra?
-
La Universidad no valora el tiempo dedicado por los docentes cátedra en: preparación de clases, realización de exámenes, revisión y calificación de exámenes, reportes de talleres, laboratorios y prácticas. Lo cual es inadecuado para la calidad de la labor realizada e injusto desde la perspectiva de la retribución salarial y desde la perspectiva de la evaluación al docente.
-
Desmejoramiento salarial de algunos docentes cátedra al ilegalmente contabilizar la experiencia de un semestre académico como de cuatro meses y no semestral. A algunos, les bajaron a otra categoría. Es injusto contabilizar la experiencia docente cátedra de un semestre académico como de cuatro meses y no semestral como venía sucediendo en la UIS y como sucede en las demás Instituciones de Educación Superior.
-
Los contratos laborales de los docentes cátedra no atienden a cabalidad la reglamentación vigente, pues en semestre anterior el contrato fue por un término menor a la duración del semestre académico.
-
Los docentes cátedra no reciben dotación alguna para el ejercicio de su labor y menos aún reciben herramientas tecnológicas para la actualización en los procesos formativos y docentes de hoy. El acceso a recursos multimediales es muy restringido debido a que ellos son insuficientes para atender la alta demanda natural derivada de las nuevas técnicas y metodologías para el desarrollo de las clases y prácticas.
-
El docente cátedra en la UIS no es afiliado a ninguna Caja de Previsión o Caja de Compensación Familiar.
-
Los docentes cátedra deben costear servicios de acceso a Internet para atender consultas, apoyar el trabajo independiente y para revisar trabajos realizados por los estudiantes.
-
Grupos de clase de muchos estudiantes, especialmente en ciclo básico o primeros semestres, lo que va en contra del desempeño docente, de la calidad y eficacia del proceso de enseñanza, aprendizaje y evaluación, y de la salud y el bienestar del docente.
-
El profesor de cátedra no recibe pago por horas de consulta cuando el grupo de estudiantes es pequeño, pues solo sí es mayor a 24 estudiantes se le reconoce una hora de consulta y si es mayor a 40 estudiantes se le reconocen dos horas de consulta. Y ello ocurre siempre y cuando, la asignatura es de tres horas o más horas semanales de clase.
-
En la mayoría de las Escuelas y demás Unidades Académicas no existen espacios de reunión de profesores cátedra como cuerpo colegiado y ni siquiera para atender a las consultas de estudiantes.
-
Actualmente los docentes cátedra no gozan del justo derecho a elegir y a ser elegidos en instancias académicas de la Universidad.
-
Los programas de formación o mejora profesional de docentes no cobija a los profesores cátedra, tan solo hay escasos cupos en cursos cortos de formación docente. La UIS adolece de programas reales, efectivos, de suficiente cobertura, alcance e impacto para el mejoramiento docente de los profesores de cátedra, en temas de actualización profesional, educación posgraduada, competencias docentes, dominio de segunda lengua, y habilidades de investigación y extensión.
-
La Sra. Vicerrectora Académica en reunión con profesores de cátedra realizada el año anterior en el auditorio el Ágora anunció que habría cambios favorables para los docentes cátedra, que a la fecha no han sido realidad.
-
El contrato actual del docente cátedra de 17 semanas, debería ser anual, lo cual redundará en una estabilidad que brinda mejores condiciones de vida del docente cátedra y en mejor calidad de su actividad académica en beneficio de los estudiantes, la universidad y la sociedad.
-
El Consejo Académico y el Señor Rector han reconocido lo injusto que es el pago y la forma de contratación de los docentes cátedra, manifestando el Señor Rector que el Consejo Académico aprobó propuesta al respecto, para contratación anual, que luego presentó al Consejo Superior donde no fue aprobada. Propuesta que no fue aprobada en el Consejo Superior por aspectos de falta de sustento legal y porque no se presentó un plan presupuestal para atender el compromiso respectivo. ¿Qué normas impiden la contratación laboral de profesores de cátedra a un año?
-
A comienzos de este año, la Universidad formalizó mediante contrato laboral la vinculación anual, por mandato de agentes de control, la contratación de más de 700 administrativos que venían laborando por Órdenes de Prestación de Servicios. No se entiende por qué no se hace realidad la vinculación laboral anual de docentes cátedra.
-
Hay limitaciones absurdas en la cantidad de proyectos de grado que pueden dirigir los profesores cátedra, y además se les remunera ese trabajo de forma exigua.
-
En buen número de casos, los profesores de cátedra no cuentan con sitios de clase o práctica adecuados para el desarrollo de las actividades teóricas y prácticas.
-
En algunas sedes y unidades académicas el acceso a recursos de cómputo y de Internet es precario y/o con equipamiento de regular o deficiente calidad o de inadecuadas especificaciones.
-
En algunas Escuelas y otras unidades académicas, las condiciones de higiene y salubridad para el bienestar de estudiantes y profesores, especialmente de cátedra, son deficientes o inadecuadas o incluso deplorables.
-
La Universidad algunas veces no realiza el pago oportuno a la labor de los profesores cátedra.
-
Criterios de permanencia en el banco de profesores de cátedra, basados en una herramienta de evaluación docente uniforme para profesores planta y cátedra; que castiga a los profesores, muy especialmente a los de cátedra, que tratan de mantener o lograr unos niveles de calidad académica mínimos y que además no ofrece mecanismos de escucha, y atención proactiva, a los clamores o eventuales explicaciones o argumentos de los profesores. Adicionalmente, no hay mecanismo oportuno y real de participación del docente cátedra en la evaluación de su desempeño.
-
Inexistencia de mecanismos o estrategias de acción y formación para atender de manera predicitiva, preventiva y correctiva en tiempo oportuno de los resultados desfavorables o bajos de los docentes, especialmente los de cátedra, en la evaluación docente.
-
Escaso o nulo o injusto reconocimiento institucional, y la respectiva retribución económica y académica, a la participación de docentes cátedra en los grupos de investigación o en la presentación y dirección de proyectos de investigación.
-
Escaso o nulo o injusto reconocimiento institucional, y la respectiva retribución económica y académica, a la participación de docentes cátedra en los trabajos de extensión o en la presentación y dirección de proyectos de extensión.
-
En la poco divulgada y menos aún concertada iniciativa de escindir la Vicerrectoría de Investigación y Extensión, para separar de ella las funciones de extensión creando la Vicerrectoría de Proyección Universitaria, los docentes cátedra ni siquiera existimos.
-
El profesor cátedra a menudo no recibe buen número de las comunicaciones de la Universidad o información del desenvolvimiento de la vida universitaria, de la proyección, de los planes y de los programas de la Universidad, que le puedan ayudar a mejorar su desempeño y a aprovechar los mínimos espacios de mejoramiento personal, profesional y docente, y a lograr su participación en actividades culturales, deportivas, académicas y científicas.
0 comentarios:
Publicar un comentario